(VIDEO) Longaví: condenan a ocho años de cárcel efectiva a sujeto por estafa en la venta de loteos irregulares

Durante el juicio, el Ministerio Público presentó más de 140 pruebas, entre testimonios, documentos, sets fotográficos y el plano del predio, con lo cual se acreditó plenamente la responsabilidad penal del acusado Gustavo Dagoberto Contreras Carrasco


Fuente: Comunicaciones Ministerio Público Maule. Autor: septimapaginanoticias.cl
          Pena efectiva de cárcel deberá cumplir Gustavo Dagoberto Contreras Carrasco por múltiples delitos de estafa en falsos negocios inmobiliarios, siendo afectadas 24 personas.
Presentados los argumentos por la Fiscalía Local de Linares en juicio oral, se estableció que el condenado, representante y único socio de Inmobiliaria América SPA, desde febrero del año 2022 ofreció 100 lotes de 5.000 metros cuadrados cada uno en el supuesto proyecto de parcelación “Fundo San Benito de la Lechería”, ubicado en la comuna de Longaví. 
El modo de difusión lo hacía por medio de Internet y redes sociales, donde las víctimas contactaban a Conteras Carrasco, para así reservar por $7 millones de pesos cada lote. Sin embargo, el negocio nunca se concretó.
“En relación a un juicio que se llevó a cabo en el Tribunal Oral en lo Penal de Linares durante 10 días y que decía relación con las estafas reiteradas en la venta de lotes y en la cual el acusado fue condenado por 24 delitos de estafa, se ha comunicado la sentencia y en la cual, el tribunal, acogiendo las solicitudes del Ministerio Público, condenó al acusado a la pena de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo, las accesorias legales, así como también multa de 11 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Tratándose de una pena superior a los 5 años y un día, esta, una vez que quede ejecutoriada, tendrá que ser cumplida de forma efectiva por el acusado”, explicó el fiscal de Linares, Alexie Crisóstomo.
Durante el juicio, el Ministerio Público presentó más de 140 pruebas, entre testimonios, documentos, sets fotográficos y el plano del predio, con lo cual se acreditó plenamente la responsabilidad penal del acusado.
123