Exclusivo: comenzó juicio oral por la muerte de Víctor Cancino Medel

Joven de 20 años falleció, el 05 de junio de 2022, a raíz de un violento accidente de tránsito en la Ruta Linares-Yerbas Buenas, frente al Local de Eventos "Tijuana". Por este caso hay dos imputados: Tomás González García (nieto de los dueños de las Tiendas Germani) y Francisco Novoa Gómez. Mañana serían los alegatos de la clausura de los intervinientes ante los magistrados de la Primera Sala del TOP de Linares
Autor: septimapaginanoticias.cl
Se trata de uno de los casos más emblemáticos del último tiempo en materia policial en la provincia de Linares y la Región del Maule: la muerte de Víctor Cancino Medel, de 20 años de edad.
El pasado viernes, comenzó en el Tribunal Oral en lo Penal de Linares, el juicio contra los imputados Tomás González García (nieto de los dueños de las Tiendas Germani) y Francisco Novoa Gómez.
A Tomás González García se le acusa de 3 delitos: conducción en estado de ebriedad y bajo sustancias sicotrópicas con resultado de muerte y daños; no detenerse para prestar ayuda necesaria; y no dar cuenta a la autoridad del accidente con resultado de muerte. En tanto a Francisco Novoa Gómez se le persigue judicialmente por un solo ilicito: conducción bajo la influencia del alcohol causando muerte y daños.
ACCIDENTE
De acuerdo al auto de apertura, los hechos tienen relación con un violento accidente de tránsito originado el 05 de junio del año 2022, aproximadamente a las 04:30 horas, en la vía pública de Linares
El informe oficial, indica que el imputado Tomás González García, conducía en estado de ebriedad, con al menos 1,31 granos por mil de alcohol en la sangre y bajo la influencia de
sustancias sicotrópicas, el automóvil Station Wagon, placa patente PDTX 82, marca Toyota, modelo RAV 4, por el costado derecho de la calzada demarcada de la Ruta L-25 en dirección al norte, debido a que conduce a exceso de velocidad y con sus capacidades piscomotoras, perceptivas y reactivas, disminuídas producto de la ingesta de bebidas alcohólicas y del consumo de drogas tipo THC, origina que no se percate de la presencia y proximidad del automóvil placa patente PG 2966, marca Toyota, modelo Tercel, conducido por el imputado Francisco Novoa Gómez, quien lo hacía bajo los efectos del alcohol, con al menos 0,57 gramos por mil de alcohol en la sangre, detenido en la vía, quien se expone al riesgo del accidente al realizar dicha acción sin los elementos de seguridad requeridos, ante la presencia del primer vehículo placa patente PDTX 82 al área de conflicto, origina que le obstaculice el normal desplazamiento a este último, chocando con el tercio izquierdo de la parte frontal del vehículo placa patente PDTX 82, el tercio derecho de la parte posterior de la carrocería del automóvil placa patente PG 2966.
Ocurrido lo anterior, añade los documentos judiciales, este último vehículo conducido por el imputado Francisco Novoa Gómez, fue proyectado en dirección al nor-poniente, efectuando un giro en arco de su parte posterior hacia la derecha, trayecto en el cual chocó con el tercio izquierdo de la parte frontal de su carrocería, al vértice anterior izquierdo de la carrocería del automóvil placa patente CSKY 60, que se encontraba detenido en la calzada de dirección contraria, este último era conducido por Mauro Quiroz Pantoja.
Producto de esto, y del actuar de los imputados González García y Novoa Gómez, resultó fallecido el acompañante de este último y pasajero del automóvil placa patente PG 2966, Víctor Eduardo Cancino Medel, por politraumatismo, consistente en un traumatismo raquimedular, traumatismo craneoencefálico cerrado complicado, traumatismo torácico cerrado complicado.
Por otra parte el automóvil PDTX 82 resultó con daños en su parte frontal, parachoque quebrado, capot doblado y abollado, mascarilla quebrada, foco delantero izquierdo quebrado y tren delantero torcido. El vehículo placa patente PG 2966, resultó con daños de consideración en la parte trasera y delantera del vehículo, parachoques trasero abollado, maletero torcido y hundido, tren trasero torcido, parachoque delantero quebrado, focos delanteros quebrados y capot torcido y abollado. Finalmente el automóvil placa patente CSKY 60 resultó con daños en su parte frontal y trasera, parachoque delantero quebrado, tren delantero doblado, mascarilla quebrada, parachoque trasero abollado, foco trasero izquierdo quebrado, foco delantero izquierdo quebrado, tapabarro delantero izquierdo doblado y abollado.
Luego de ocurrido esto, el imputado Tomás González García se fue del lugar, sin auxiliar a la víctima ni dar cuenta a la autoridad del accidente ocurrido.
PENAS
En el marco del juicio oral en el TOP de Linares, la fiscal Carmen Gloria Caamaño en representación del Ministerio Público, está solicitando que se imponga al acusado Tomás González García las penas de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, multa de 20 UTM, inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y el comiso del vehículo placa patente PDTX.82-5, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y la condena al pago de las costas (por manejar en estado de ebriedad y sustancias psicotrópicas); y la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, multa de 15 UTM, comiso del vehículo placa patente PDTX.82-5, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la condena al pago de las costas de la causa (por el delito de no detenerse, auxiliar a la víctima y no dar cuenta a la autoridad policial más cercana).
En tanto para Francisco Novoa Gómez, por el delito de conducción bajo la influencia del alcohol causando muerte y daños, se está solicitando la pena de 4 años de reclusión menor en su grado máximo, multa de 25 UTM, suspensión licencia de conducir por 45 meses, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la condena al pago de las costas de la causa.
VÍCTOR CANCINO MEDEL
Víctor era hijo de Víctor Cancino y Jessica Medel. Personas trabajadoras, humildes y apegadas a las raíces del campo. Además le sobrevive una hermana mayor. Sus estudios los cursó en la Escuela Agrícola de los Sagrados Corazones de la comuna de Villa Alegre.
Además de sus labores en la zona de “Los Maquis”, localidad ubicada al interior de Nirivilo, en las comunas de San Javier-Constitución dedicaba tiempo para andar en moto, pero principalmente para disfrutar del campo y las tradiciones propias de la zona rural maulina. “Él (Víctor) gozaba y disfrutaba de su caballo, de las actividades campesinas. Le gustaba mucho la música ranchera. Era súper tranquilo y calmado”, relatan sus más cercanos.
JUICIO
El juicio se realiza en el Tribunal Oral en lo Penal de Linares (TOP), ubicado en la avenida Aníbal León Bustos, vía de acceso y salida de la comuna. La sala está integrado por los magistrados Christian Leyton Serrano (presidente), Cristián Adriazola Jeria (redactor) y Elizabeth Rodríguez Hernández. Se prevé que este martes serían los alegatos de clausura.
Noticia en desarrollo…
_Este artículo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual no se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)