Rodolfo Castro Morales: “El contrasentido post-plebiscito”

Rodolfo Castro Morales: “El contrasentido post-plebiscito”
Rodolfo Castro Morales, ingeniero comercial.

Lo principal en todo este proceso constituyente son las garantías de los derechos políticos, sociales y económicos; hoy no consagrados en la constitución de 1980, pues no están presentes en el derecho sustantivo, que es la certeza jurídica de la protección a la seguridad social, la educación, la salud, la participación ciudadana, el acceso a la información, el trabajo, la vivienda, el agua, etc. A ello se adiciona, la fiscalización y sanción de abusos ilegítimos en contra de la ciudadanía, la defensa de los recursos naturales estratégicos, para que en definitiva sean declarados públicos, como es el agua. Pero lo deplorable, es que la actual constitución desliga la jurisdicción en todas estas materias por parte de tribunales, como también la acción de las políticas públicas.


Por Rodolfo Castro Morales ( ingeniero comercial y MBA en IEDE Business School )

                                                El aplastante resultado del Apruebo en el plebiscito pasado, marcó un hito histórico tras 40 años de deterioro de la convivencia civil, política, social, cultural y económica del país, donde el rol subsidiario del Estado ha impactado seriamente en las garantías mínimas constitucionales en materia de salud, educación y seguridad social. Consecuentemente con lo anterior, se suma la escasa correspondencia que tienen los intereses políticos del gobierno con la opinión social, los cuales dadas las actuales condiciones del escenario político, agudizan este distanciamiento e impiden focalizarse en la crisis social, poniendo en jaque el control de la agenda gubernamental.

Sin duda que la votación del 22% alcanzada por el gobierno en las urnas, agravó la ingobernabilidad y el vacío de poder existente, que se manifestó en el aislamiento de la derecha social al interior de la coalición gobernante, un liderazgo que hoy se refugia en los espacios de la institucionalidad, en una agenda legislativa con escaso poder político y un gabinete que muestra signos de desgaste. En este obscuro panorama, el gobierno está en la ignominia, pues solo le resta agotar las facultades de colegislar, en un ambiente político adverso, que sin duda tensionará aún más la relación con el legislativo, dada la crisis de representatividad.

Otro elemento contradictorio, y que empieza a aflorar y acompañar el contexto post-plebiscito, es el contrasentido que representan los mecanismos constitucionales provenientes del TC, órgano que no está conectado con el juego democrático en el parlamento, ni menos con la legítima aspiración ciudadana que los representa; así también, lo anterior se conjuga con el incierto panorama en la participación de los independientes, los altos quorum de votación para aquellas normas esenciales, que no necesariamente deberían ser modificadas desde el punto de vista del trámite constitucional, sino como normas simples, o bien, como políticas públicas. Ej. Reforma tributaria, de pensiones, etc.

Como vemos, lo anterior debe sugerir el debate de un nuevo régimen político como antesala a una democracia semi-directa a través de un nuevo régimen de gobierno semipresidencial, que resuelva el conflicto respecto a la distribución del poder y de las herramientas democráticas necesarias de participación ciudadana, como son: plebiscito, referendum, revocación de mandato, etc.

Lo principal en todo este proceso constituyente son las garantías de los derechos políticos, sociales y económicos; hoy no consagrados en la constitución de 1980, pues no están presentes en el derecho sustantivo, que es la certeza jurídica de la protección a la seguridad social, la educación, la salud, la participación ciudadana, el acceso a la información, el trabajo, la vivienda, el agua, etc. A ello se adiciona, la fiscalización y sanción de abusos ilegítimos en contra de la ciudadanía, la defensa de los recursos naturales estratégicos, para que en definitiva sean declarados públicos, como es el agua. Pero lo deplorable, es que la actual constitución desliga la jurisdicción en todas estas materias por parte de tribunales, como también la acción de las políticas públicas.

(El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de Séptima Página Noticias).